domingo, 26 de abril de 2015

PROPIEDAD INTELECTUAL

PILAR DEL CAMPO PUERTA

Hoy 26 de abril se celebra el Día Mundial de la Propiedad Intelectual.

Seguro que muchos de vosotros tenéis relatos, poesías, dibujos, fotografías...originales y preciosas guardadas y, cada dos por tres, os planteáis sacarlas a la luz. Felicidades por esa valiente decisión, sin embargo, es preciso que el arte no salga  desprotegido, que vaya con una coraza que salvaguarde la propiedad intelectual. Es decir, que proteja la verdadera autoría de las obras.

Esa protección se consigue registrando todo vuestro arte y vuestras ideas, en el Registro de la Propiedad Intelectual.

El proceso de registrar una obra es muy sencillo y siempre le queda al autor la tranquilidad de estar luchando por un fraude o un plagio, tan desagradable. 

Los pasos para registrar una obra son fundamentalmente tres:

1)  Crear la obra (literaria, dibujo...)
2) Imprimirla en papel o llevarla en un CD. Para mí es mucho más cómoda esta opción, porque aunque es un poquito más de precio lo ahorras en el gasto de las fotocopias y tiempo.
3) Llevarlo todo al REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.

Muy fácil. Además allí te van a tratar de maravilla cualquiera de las personas que están recibiendo las obras, y te van a resolver todas las dudas.

Toda la información sobre el Registro de la Propiedad Intelectual la puedes encontrar aquí

CONSEJO: REGISTRA TODO.  

Por si no conocéis la Historia de la Propiedad Intelectual de España, 
aquí os dejo la información que como documentalista he extraído del periódico El País (http://cultura.elpais.com/cultura/2014/02/14/actualidad/1392383448_372212.html), gracias.

1813. Las Cortes de Cádiz, a imitación de la Revolución francesa, reconocen por vez primera los derechos de autor al decretar que solo los autores o a quienes ellos autorizasen podían imprimir sus obras, así como sus herederos durante 10 años.
1834. Una real orden instituyó el principio por el cual la propiedad intelectual pertenecía a los autores de por vida y a sus herederos pasados diez años de la muerte del autor.
1847. Se publica la primera ley que reconoció de forma extensa y clara los derechos del autor durante 25 años. Los beneficiarios eran tanto los autores literarios y científicos como los traductores, compositores musicales, calígrafos, dibujantes, pintores y escultores.
1879. Se aprueba una nueva ley, que incluye la creación del Registro de la Propiedad Intelectual. Se fijan los derechos de los autores en 80 años tras su fallecimiento. Los editores fueron el colectivo más opuesto.
1987. Rebaja los derechos de autor a 70 años tras la muerte del creador. Se contempla por vez primera el canon digital.
2003. Se aprueba el canon digital, que se aplica a los CDs y DVDs vírgenes, gracias a un acuerdo entre la patronal Asimelec y las entidades de gestión de derechos de autor.
2006. Se modifica la Ley de Propiedad Intelectual donde se recoge la decisión de extender el canon a nuevos soportes que permitan la duplicación y reproducción de las obras protegidas.
Marzo 2011Se publica en el BOE la ley Sinde, que establece por primera vez medidas contra la piratería.
Diciembre 2011. El Gobierno del PP aprueba el reglamento que desarrolla la ley Sinde, que contempla la creación de una comisión administrativa para perseguir la piratería. Se suprime el canon digital y se sustituye por una compensación fija a las entidades de gestión a través de los Presupuestos Generales del Estado.
2013Se modifica el Código Penal, que incorpora penas de prisión para quienes se lucren por enlazar a páginas protegidas por derechos de autor. Se inicia el proceso para reformar la Ley de Propiedad Intelectual.

Y por si os interesa aquí también, en mi labor documental, dejo otro enlace encontrado en Estandarte (http://www.estandarte.com/), gracias, sobre 
LOS PLAGIOS LITERARIOS MÁS FAMOSOS (pinchar aquí

Mujer frente al espejo (Picasso)


¡Espero que te haya gustado! Continuará...

NOTA:
Recuerda que siempre hay que citar la fuente de información. Para citar este post, puedes hacerlo de la siguiente manera, por el método Harvard:

Apellido, Inicial del nombre (Año de publicación): "Título de la entrada del post del blog". Título del blog en cursiva, día y mes del post. Disponible en: URL del recurso [Consulta: día-mes-año].


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